Permiso retribuido recuperable obligatorio para trabajadores de actividades “no esenciales” (comentario al Real Decreto-Ley 10/2020)

30.03.2020

Ayer domingo, 29 de marzo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo de 2020, “por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19”. Dicho Real Decreto-ley entró en vigor el mismo día de la publicación.
 
Esta norma regula un permiso retribuido recuperable, de carácter obligatorio, aplicable entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive, para trabajadores por cuenta ajena.
 
En el siguiente enlace encontrará los aspectos más relevantes de la misma.
 
Desde BSK Legal & Fiscal continuaremos informando de cuanta normativa se emita sobre esta situación extraordinaria que vivimos y quedamos a vuestra disposición para aclarar las dudas que os puedan surgir.